....DECLARA TITULO SUPLETORIO suficiente de Propiedad sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, ubicadas en la siguiente dirección: La Calle Cumana, Sector Las Barrancas, Casa Nro. 06-02A, Guatire Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, con los siguientes linderos: NORTE: En línea recta de 20,80 Mts2, con casa que es o fue de Fernando Rosales; SUR: En dos medidas de 9,30 Mts2 y en 12,00 Mts2, con casa que es o fue de Carmen Marcano y Emilia Blanco; ESTE: En tres medidas de 2,00 Mts2, en 3,50 Mts2 y en 2,50 Mts2 con casa que es o fue de Emilia Blanco y Calle Cumana y OESTE: En línea recta de 8,00 Mts2, con casa que es o fue de Jesús Barrio. Con una superficie de construcción de 63,93 Mts2, a favor de los ciudadanos YSRRAEL HIPOLITO LARA y NAIGLI DEL JESÚS MARCANO PEÑA, venezolanos, mayores de Edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.754.629 y V-14.064.662. Se dejan a salvo los derechos de terceros.