Este Juzgado deja expresa constancia que desde los folios 07 al 13 y 29 al 37, cursaron los siguientes recaudos: a) Documento de Propiedad del Terreno; b) Documentos Poderes. Todos los cuales se ordenan desglosar en este mismo auto, y como quiera que dicho desglose alteró la foliatura del que fuera el folio 14,15,16,17,18,19,20,21,22,23,24,25,26,27,28,38,39 y 40, se ordena salvar los mismos, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Haciendo la salvedad que pudiera haber alteración en los sellos, en virtud de dicho desglose. Expídase por secretaria copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvanse a la parte promovente las presentes actuaciones incluyendo la solicitud que encabeza las mismas en original con sus resultas, constante de cuarenta y un ( 41 ) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.