ACUERDA: DECLARARSE INCOMPETENTE PARA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del penado FIGUEREDO PARRA CARLOS DAVID, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 3.299.958, venezolano, de 45 años de edad, natural de Caracas, de estado civil soltero, de profesión u oficio Chofer, residenciado en Urbanización Dos Lagunas, Bloque 25, piso 2, Santa Teresa del Tuy y en tal sentido DECLINA LA COMPETENCIA de la misma, al Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en los Teques, por ser el Juez de la causa principal, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° ejusdem. Remítase las presentes actuaciones