IV.- DECISION.
A la luz de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por el peticionario, ciudadano LEONARDO HUMBERTO REDONDO UGUETO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N.º V- 10.872.245, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogado (I.P.S.A.), bajo el N. ° 63.660, actuando en propio nombre y en su condición de propietario de un inmueble del Conjunto Residencial Villa Ávila, ubicado en la Urbanización Residencia Villa Ávila, Sector El Ingenio, Guatire, Municipio Zamora del estado Bolivariano de Miranda, el 09/06/2025, en contra la sentencia proferida por el JUZGADO SEGUNDO DE MUNCIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNCIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUD.....