En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, presentada por los ciudadanos: EDYS EMILIO BRICEÑO HERNANDEZ y JOLY VANESSA VILLA BETANCUR, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cedulas de identidad números V-21.133.793 y V-20.209.340, respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO