DECRETA la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano CARLOS ALBINO PACHECO, venezolano, natural de Caucagua, el día: 25-03-84, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.288.168, de estado civil soltero, de profesión u oficio: albañil y ayudante de cocina, hijo de: Lupe Yudith Pacheco (v) y padre desconocido (v ) , residenciado en: El Cocal N° 1, casa sin número, Higuerote, Estado Miranda, por la comisión de los delitos de VIOLACION y PRIVACION ILEGITIMA DE LA LIBERTAD, previsto (s) y sancionado (s) en el (los) artículo (s) 174 y 374 del Código Penal, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. Designando como sitio de reclusión el Internado Judicial capital El Rodeo II..