Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos MAGALY VARILLAS DE BÀEZ, EDDY KATHERINE BÀEZ VARILLA, EVELYN KATHIUSKA BÀEZ VARILLA, WILFREDO JAVIER BÀEZ VARILLAS y WILMER JOSE BÀEZ VARILLAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-3.588.933, V-10.283.582, V-10.283.581, V-14.214.343 y V-16.888.368, respectivamente, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante WILFREDO JULIAN BÀEZ OCHOA, fallecido en fecha 05 de agosto del 2020, quien fuese venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-2.061.077, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Cód.....