: DECLARA EJECUTADA y COMPUTADA, la pena que les fuera impuesta al penado: WILLY RAMON TORO TAPIA, de nacionalidad venezolana, natural de Guatire, nacido el 24-7-1972, de 40 años de edad, con la cédula de identidad V.-12.827.135, hijo de Carmen Tapia (v) y José Ramón Toro, de profesión u oficio ayudante de albañil, residenciado en la casa D-39, calle principal las palmas, frente a la mesa de pin pon, Guarenas del Estado Bolivariano de Miranda, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, sentencia publicada el 31-10-2012. Todo conforme con lo dispuesto en los artículos 479, 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal.