...DECRETA LA REPOSICIÓN del presente asunto al estado de contestación y promoción de medios de prueba, al estar satisfechos los extremos legales exigidos en el artículo 206 del Código de Procedimiento civil, aplicable por supletoriedad, en concordancia con el artículo 212 ejusdem y, por ende, a tenor del artículo 211 ibídem, se declara la nulidad del auto de fecha 13.10.10, obrante al folio 144, sin que tal pronunciamiento genere la nulidad de ningún otro, Y ASI SE DECLARA EXPRESAMENTE. En consecuencia, las partes quedan notificadas que, a partir del día de audiencia siguiente al de hoy, comenzarán a transcurrir 10 días para que la parte demandada conteste la demanda y ambas partes promuevan sus medios de prueba, debiendo iniciarse la fase de sustanciación de a audiencia preliminar el 08.12.10, a las 10:00 a.m., habida consideración que, aún en caso de ejercerse apelación en contra de los pronunciamientos judiciales aquí emitidos, la apelación se oye diferida con la definitiva...