PRIMERO: SE MANTIENE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD dictada por este Tribunal en fecha 04-06-2004, en contra del imputado MORENO SILVA FREDDY NICOLAS , nacionalidad: Venezolana, natural de Los Teques, en fecha 20/03/1967, de 37 años de edad, de profesión u oficio: chofer, trabajo particular realizo mudanzas, nombre de sus padres: Gladis Ucrecia Silva (v) y Angel Miguel Moreno (v), residenciado en: Suata, calle sucre, casa sin numero, La Victoria, teléfono: 0244-4150376, Cédula de Identidad N° 10.282.995 de conformidad con lo establecido en el articulo 250 numerales 1, 2 y 3, en relación a lo establecido en el artículo 251 numerales 2 y 3 y primer aparte, y articulo 252 numeral 2 todos del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 ejusdem, a los fines garantizar la finalidad del proceso y garantizar que el imputado este presente en el proceso.
Segundo: Se ACUERDA librar Oficio dirigido al Director del Internado Judic.....