DICTA LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: "En virtud de lo manifestado por la ciudadana DRA. CAROLINA PARRA, en su condición de Defensora pública de los adolescentes IDENTIDAD Y DATOS PERSONALES OMITIDOS, a quienes se les sigue causa signada con el N° 1C 965-05, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN CON CARÁCTER DE COAUTORÍA, previsto en el artículo 453, numerales 4° y 9°, en concordancia con los artículos 80 y 83 del Código Penal, cuando solicita la sustitución de la medida de detención impuesta para asegurar la comparecencia de los adolescentes imputados a la audiencia preliminar prevista en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por una medida cautelar menos gravosa que comporte su inmediata libertad en la cual alega que el delito imputado no amerita sanción privativa de su libertad, y oído lo manifestado por los adolescentes y la representante Fiscal, quien aquí decide declara con lugar la misma y a .....