...DECLARA CON LUGAR, el Divorcio interpuesto por la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº IDENTIDAD OMITIDA, en contra del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº IDENTIDAD OMITIDA, en aplicación de la Doctrina del Divorcio Remedio o Solución tal y como fue solicitado en la audiencia de juicio por ambos cónyuges, en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA, ante la Primera autoridad Civil del Municipio Los Teques, Distrito Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, tal como se desprende de Acta Nº 200, inserta al folio Nº 200, de fecha 16 de julio del año 1988, asentado en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevado por ese Despacho.