DECLARA; PRIMERO: que en base a lo establecido en el artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal, y el criterio jurisprudencial invocado, debe confirmarse la decisión proferida por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, que declaró IMPROCEDENTE la solicitud de ciudadano RAFAEL DAVID GONZALEZ RODRIGUEZ, en relación a la entrega del vehículo: placas XPH 245, Serial de carrocería: ZFA146BS1M0245791, Marca: Fiat, Modelo: Uno, tipo: Sedan, Serial del motor: BS1M0245701, Color: Rojo, Año:1991, Uso; Particular; SEGUNDO: Se ordena a la Juez a quo, que inste al Ministerio Público para que emita en un lapso perentorio el respectivo acto conclusivo, garantizándose así una tutela judicial efectiva, conforme lo prevé el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Se declaran SIN LUGAR el Recurso de Apelación Interpues.....