PRIMERO: El penado VALENZUELA GREGORIO ANDRES, titular de la Cedula de Identidad N° V- 19.089.125, fue aprehendido en fecha 05 de octubre de 2006 tal y como se desprende del acta policial respectiva, permaneciendo detenido hasta el día de hoy, por un tiempo de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES Y DIEZ (10) DIAS, que al sumarle la Redención Judicial acordada de TRES (03) MESES, DIECISEIS (16) DIAS, se obtiene un tiempo real de detención: de UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES Y VEINTISEIS (26) DIAS DE PRISION, faltándole por cumplir un remanente de CUATRO (04) AÑOS, DOS (02) MESES Y CUATRO (04) DIAS DE PRISION, pena esta que terminará de purgar en fecha 20 de junio de 2012.
SEGUNDO: Se mantienen las penas accesorias acordadas en el Cómputo de fecha 09-03-2007, el cual riela a los folios (134 al 139, PRIMERA PIEZA), variando únicamente en las fechas de su cumplimiento de la siguiente manera:
1.-) INHABILITACION POLITICA durante el tiempo que dure la pena, es decir, hasta el día 20 de junio.....