Este Juez Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, NIEGA la solicitud interpuesta la ciudadana ELENA LUIS FERNANDEZ, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano acusado ORLANDO JOSE SILLIE RODRIGUEZ, portador de la cédula de identidad N° V- 16.146.642, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, de 21 años de edad, buhonero, soltero, hijo de Orlando José Sillie y de María Rodríguez de Sillie, residenciado en La Macarena Sur, vía Los Picachos, casa N° 025, a pocos metros de la salida de la Panamericana, Los Teques, Estado Miranda, y RATIFICA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra el mismo, acordada en fecha 09-07-2002 por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal y sede, en aplicación de los artículos 264 del Código Orgánico Procesal Penal, 250 y 251 parágrafo primero eiusdem.