...de conformidad con lo establecido en el Artículo 08 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a los fines de garantizar la vida, salud e integridad física de la prenombrada niña, y en interés superior de esta, ACUERDA de conformidad con lo establecido en el Art. 126 ejusdem, Colocación Familiar Provisional del niño ANTHONY JOSÉ ROSSI BLANCO a ser ejecutado en el hogar de la ciudadana OROPEZA DE BLANCO GUILLERMINA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.452.661, en su carácter de abuela por la línea materna. ASI SE DECIDE.-