PRIMERO: Se ABSUELVE a los Ciudadanos: 1) LISANDRO JOSE CARRANZA, titular de la cedula de identidad N° V- 13.910.463, de nacionalidad venezolano, nacido en Paracotos, Estado Miranda, en fecha 28/03/72, de 30 años de edad, estado civil Casado, de profesión u oficio Obrero, hijo de JOSE RAFAEL RODRIGUEZ (v) y GLADYS MARIA CARRANZA (V), residenciado en Paracotos, Calle Las Brisas Sector La Colina, casa N° 04, cerca del Liceo San Juan Evangelista; y 2) YOMARA NACYUTIL, CASTRO SANCHEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 12.414.642, de nacionalidad venezolana, nacida en Caracas, en fecha 07/11/72, de 30 años de edad, de estado civil Casada, de profesión u oficio Hogar, hija de JESUS ALBERTO CASTRO (v) y ROMELIA ANTONIA DE CSATRO (V), residenciada en Paracotos, Calle Las Brisas Sector La Colina, casa N° 04, cerca del Liceo San Juan Evangelista, de la comisión del delito de: APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 472.....