...ACUERDA expedir la ORDEN DE ALLANAMIENTO N° T6C-07/10, la cual deberá ser practicada por los funcionarios antes identificados, en el inmueble ubicado en la siguiente dirección: ".....AVENIDA POTRERITO, QUINTA ANA, SECTOR ANA, SECTOR LA CANDELARIA, LOS TEQUES, ESTADO MIRANDA, EN DONDE RESIDE UN CIUDADANO DE NOMBRE CLAUS BARCO CARO, TITULAR D ELA CEDULA DE IDENTIDAD N° E-82-010.001, QUIEN ES REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA AUTOPARTES FULL FIAD, C.A.....", debiéndose a tal efecto observar todas y cada una de las disposiciones contenidas en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 210, 211 y 212 todos del Código Orgánico Procesal Penal, asimismo, la orden de allanamiento deberá ser notificada a los inquilinos, poseedores, residentes, vigilantes, encargados, o en su defecto a cualquier otra persona que se encuentre en el interior de los inmuebles, a quien o en su defecto a quienes se les entregará copia de la presente.....