...este órgano jurisdiccional mediante el cual se declaró redimida la pena impuesta al ciudadano ut supra identificado, se observa seguidamente:
PRIMERO: El ciudadano MENDEZ RODRIGUEZ JHONNY JOSE, portadora de la cédula de identidad número V-22.692.370, fue aprehendido en fecha 27-05-2010 (según se evidencia del folio 1y 2 de la pieza I), manteniéndose en esa situación hasta el día de hoy, 19-07-2012, computándose a favor del reo el tiempo que estuvo privado de su libertad durante el proceso en atención a lo establecido en el segundo aparte del artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, lo que evidencia que se ha mantenido privado de libertad, efectivamente, por un tiempo de 2 año, 1 meses y 22 días.
Así pues, sumando el tiempo de detención efectiva más el tiempo que ha sido redimido por este órgano decisor, 7 meses y 19 días, y doce (12) horas se tiene como tiempo de pena cumplida, al día de hoy, 19-07-2012, un total de 2 años, 9 meses, 11 días, 12 horas.
El ciudadano.....