Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de primera instancia en función de control, No. 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: ÚNICO: En estricta observancia y acatamiento del primer aparte del artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, y verificados como fueran los recaudos consignados respecto de los ciudadanos RONA RAFAEL HUERTA y MOISES RAFAEL ZAPATA, titulares de las cédulas de identidad personales números V-21.409.255 y V-15.024.505, respectivamente, a los fines de constituirse en fiadores del imputado, GABRIEL JESÚS MARTINEZ ESPAÑA, titular de la cédula de identidad personal número V-18.842.127; aprecia esta Juzgadora que tales personas se encuentran plenamente identificadas con documento de identificación personal, tienen residencia y trabajo fijo, devengando en su conjunto, mensualmente sueldo correspondiente a l.....