Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la Abogada ROSALBA CHONG, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.785, en su carácter de apoderada judicial del Ciudadano TOMAS DIAZ YANEZ, parte querellante en el juicio que por Querella Interdictal Restitutoria incoara en contra de la Ciudadana CARMEN SOSA, contra el auto de fecha 18 de febrero del 2004 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.
Segundo: CONFIRMA en todas sus partes, el auto dictado en fecha 18 de febrero del 2004, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circun.....