...este Tribunal en uso de las atribuciones que le confiere la ley, atendiendo al derecho constitucional a la defensa y al debido proceso que le asiste a las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 206 y 207 del Código de Procedimiento Civil, declara la Nulidad de las actuaciones realizadas a partir del auto de fecha 25 de julio del 2003, y en consecuencia REPONE LA CAUSA al estado de librar nuevamente el cartel de Intimación, a la ciudadana EMILIA VALERA DE GALLARDO, a fin de que comparezca ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes, más un (1) día de término de distancia que se le concede, contados a partir del cumplimiento de la última formalidad cumplida, referente a la publicación, consignación y fijación de Ley que del cartel de intimación se haga, a darse por intimada, con la advertencia que de no comparecer en el lapso señalado se le nombrará defensor judicial con quien se entenderá su intimación y demás trámites. El presente carte.....