-III-
DISPOSITIVA
Por todos los motivos precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR INEPTA ACUMULACIÓN DE PRETENSIONES, la demanda intentada por la ciudadana EVALU DEL CARMEN VEGAS AVILA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.213.811, en contra de la empresa YCQC CONSTRUCCIONES, C.A., Sociedad Mercantil de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 21 de febrero de 2008, bajo el Número 22, Tomo 3-A-Tro., y sus últimas modificaciones ante dicha Oficina de fecha 28 de julio de2008, bajo el número 42, Tomo 16-A y la de fecha 3 de junio de 2011, anotada bajo el número 31, Tomo 34-A, si.....