emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se decreta como fragrante la detención del ciudadano: TOVAR BRAVO CARLOS JOSÉ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.119.331, natural de Caracas, Municipio Libertador, nacido en fecha 09-05-85, de 23 años de edad, albañil, hijo de Juana Bravo (f) y de Carlos Tovar (v), domiciliado en la Avenida Principal de Ruiz Pineda, Sector El Piñal II, casa Nº 00-09, Guarenas, de conformidad con lo establecido en el articulo 250 numerales 1, 2 y 3, en relación con lo dispuesto en el artículo 251 numerales 2 y 3 ambos y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Este Tribunal acoge la precalificación dada por el Fiscal como lo es el delito de OCULTACIÓN DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley orgánica Contra El Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas
TERCERO: Se acuerda, proseguir la Fase Preparatoria del Proceso, por el procedimiento Ordinar.....