...Declara CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: ZURELIS COROMOTO CAVANERIO y OSMAR JOSE ESPINOZA, venezolanos, conyugues, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros V-9.892.146 y 10.484.393, domiciliados la primera en el Barrio El Frey, Calle Landaez, casa S/N, Parroquia Panaquire, Municipio Acevedo, del Estado Miranda, y el segundo en Gramoven, Sector Tamanaquito, parte baja, Calle Miramar, casa 53, Municipio Libertador, Caracas Distrito Capital, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil Venezolano. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre ellos, contraído por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador, Distrito Capital, de fecha 27 de Octubre de 1.999.