PRIMERO: El penado antes mencionado, fue detenido por primera vez en fecha 02 de febrero de 2008, y hasta la presente fecha, ha estado privado de su libertad, por un tiempo de CUATRO (04) MESES y VEINTITRES (23) DIAS, faltándole por cumplir un remanente de TRES (03) AÑOS, SIETE (07) MESES y SIETE (07) DIAS DE PRISION, pena esta que terminara de purgar el día 02 de febrero de 2012.
SEGUNDO: La cuarta parte de la pena, cuyo cumplimiento deberá verificarse para optar al beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO la cumplirá al AÑO (01) de Prisión. (02-02-2.009)
La tercera parte de la pena, cumplimiento necesario para optar al beneficio de REGIMEN ABIERTO, la cumplirá al AÑO (01) y CUATRO (04) MESES DE PRISION. (02-06-2009)
Las dos terceras partes del cumplimiento de la pena, las cuales son requisito para otorgar la LIBERTAD CONDICIONAL, la cumplirá a los DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION. (02-10-2.010)
Las tres cuartas partes del cumpli.....