Este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 2 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano NORBERTO GONCALVES DE GOUVEIA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-15.315.196, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno, de su propiedad, que tiene una superficie de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON QUINCE CENTIMETROS CUADRADOS (75,15 Mts2); ubicado en: Comunidad Amigos Reunidos, Calle Principal, Casa Nº 2-A, a veinte (20 mts) antes de la entrada de la Calle Concordia, Municipio Carrizal del estado Bolivariano de Miranda, dichas bienhechurías tienen un área de construcción de CIENTO OCHENT.....