Por las razones de hecho y de derecho expuestas precedentemente, este TRIBUNAL MIXTO TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, POR UNANIMIDAD, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA CULPABLES a los ciudadanos MEJIAS BRICEÑO GADIEL RAMON, portador de la Cédula de Identidad N° 16.591.559, de 22 años, fecha de nacimiento: 13-05-81, nació en Estado Portuguesa- sector La Raya, hijo de MARITZA BRICEÑO y RAMON MEJIAS, grado de instrucción: 6 grado aprobado, actualmente desempleado, residenciado en Calle Ramón Vicente Tovar, casa N° 57, El Cabotaje, casa amarilla con anaranjado, Los Teques Estado Miranda, y ORLANDO JOSE SILLIE RODRIGUEZ, portador de la Cédula de Identidad N° 16.146.642, de 22 años, nació en Santa Ana, Caracas en fecha 27-6-1981, hijo de ORLANDO JOSE SILLIE PEREZ y ODALIS JANETH RODRIGUEZ DE SILLIE, grado de instrucción: 1 año aprob.....