NIEGA la solicitud de aprehensión relativa a los ciudadanos Ruiz Franklin José, Roland Ñañez Ricardo José, Williams Antonio Astudillo Guilarte, Hans Cristian Anderson Robles, José Humberto Guerrero Rodríguez, José Gregorio Acuña, Vazquez Garrido Jorge Luis y Leobaldo Ramírez, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.927.072, V-10.376.981, V-6.269.681, V-12.617.556, V-6.248.638, V-9.065.076, V-6.544.332 y V-2.142.041, formulada por el Fiscal Auxiliar 3° del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en los artículos 1, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 19, 250 y 282 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 44 numeral 1 y 49 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-