declara que el Tribunal competente para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por la Profesional del Derecho YISEL SOAREZ actuando en su carácter de Defensora Pública Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, y a favor de todos los internos del Centro Penitenciario Capital el Rodeo II, es el Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 4º del artículo 64 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto la acción de amparo constitucional interpuesta, denuncia la presunta violación de los artículos 83, 84 y 85, referidos a la salud, lo cual de ninguna manera afecta su competencia natural