Con fundamento en la motivación precedente, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano WILLIAN JOSE CAÑONGO HERNANDEZ, de nacionalidad venezolano, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, nació el día 25-01-75, de 24 años de edad, residenciado en calle Negrin, casa sin número, santa Barbara, Ocumare del Tuy Estado Miranda, Titular de la Cédula de Identidad N° 16.810.816, de conformidad con el artículo 319 y 318 ordinal 3° Y 48 ORDINAL 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el articulo 108 ordinal 4°del Código Penal, por haber operado la prescripción de la acción penal.
Publíquese, regístrese, diarícese, notifíquese, y Remítase la causa original al archivo Judicial.
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