Por lo antes expuesto, este Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, con sede en Ocumare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: NIEGA la solicitud fiscal en cuanto a la imposición de medidas cautelares sustitutivas de libertad al ciudadano GUILLERMO ALFONSO VELASQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-03.796.053, residenciado en el asentamiento campesino Palmira, ubicado específicamente en la Finca Mi Querencia; vía San Casimiro, nacido en fecha 02-12-53, de profesión u oficio Biólogo Marino dedicado actualmente a la agricultura e hijo de Olga Padrón Velásquez y de Guillermo Velásquez Quintero (F)
Notifíquese al Órgano Policial respectivo de la presente decisión y remítanse las presentes actuaciones al Fiscal del Ministerio Público solicitante, una vez transcurrido el lapso legal para ello, para que continúe las inv.....