este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO incoada por la ciudadana FRANCISCA DE LOURDES CARABALLO DE ROJAS, venezolana, mayor de edad, y titular de la Cédula de identidad Nº V-3.135.297, en su carácter de comodante contra la ciudadana GLEVIS JANETH PEREIRA QUINTERO, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.537.091, en su carácter de comodataria, por el incumplimiento en su obligación de entregar el bien objeto del contrato ubicado en el Barrio La Tortuga, Manzana y Calle 009, Parcela 017 de la Parroquia Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia del Estado Miranda