este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD SIN PERJUICIO DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHO, a favor dela ciudadanaMILVIAN REBECA QUIJADA BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.659.432, sobre las bienhechurías identificadas en la solicitud que encabeza estas actuaciones, vale decir, una vivienda, ubicada en "La Guamas", Parroquia San Pedro de los Altos, del Municipio Bolivariano de Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, de un terreno propiedad dela ciudadana MILVIAN AMELIA BLANCO TORO, la cual autorizó la construcción de la bienhechuría, según consta de documento de propiedad debidamente autenticado ante el Registro Público del Municipio .....