CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de las ciudadanas CARMEN YAJAIRA JARAMILLO y ELIZABETH DEL VALLE BELLO, antes identificadas, y con las consideraciones de Hecho y de Derecho , este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR, la Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos ARNALDO JOSE RODRIGUEZ HERNANDEZ, RAMON GUSTAVO RODRIGUEZ HERNANDEZ, MARIA OXALIDE ELIZABETH RODRIGUEZ DE PINTO, MIRTHA ESCARLETTE RODRIGUEZ HERNANDEZ, MARIA COROMOTO AZUCENA RODRIGUEZ HERNANDEZ, LEONANDO JOSE RODRIGUEZ HERNANDEZ y RANCELIS AURIMAR RODRIGUEZ RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V.....