...PRIMERO: Se determina que la ciudadana MARZIA ELENA OJEDA PÉREZ, titular de la cédula de identidad personal número V-12.046.193, lleva privada de su libertad, a la fecha, y desde la data de su detención, un tiempo de UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES y DIECIOCHO (18) DÍAS, pero siendo que en el día de hoy, ocho (08) de agosto de este año dos mil ocho (2008), de conformidad con los artículos 2, 3, 5 y 6 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, emitió pronunciamiento este órgano jurisdiccional declarando la redención de la pena de la ciudadana en cuestión por un tiempo de SEIS (06) MESES, DOS (02) DÍAS y DIECIOCHO (18) HORAS, es por lo que, adicionando ello al tiempo previamente precisado en cuanto a privación de libertad, se advierte que la persona de la condenada ha cumplido para la presente fecha, DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES, VEINTE (20) DÍAS y DIECIOCHO (18) HORAS, faltándole por cumplir, de la pena principal de prisión de SEIS (06) AÑOS y ONCE (11) .....