Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Circuito Judicial Penal de Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: la Privación Judicial Privativa de Libertad del (la) imputado (a) LUIS JOSE GUEVARA ARELLAN y CARLOS ALBERTO SANABRIA PACHECO, titular de la cédula de identidad Nº20364579 y 5965664, residenciado en EN: ZONA 05, CALLE MARISCAL SUCRE, CASA S/N, LAS BRISAS DEL TUY, CHEARALLAVE y EN: ZONA 04, CASA 15, LAS BRISAS DEL TUY, CHARALLAVE, por encontrarlos responsables de la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453 numeral 4° del Código Penal, en perjuicio del (los) ciudadano (s) JENNY LISETT DIAZ CASTILLO, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250 ordinales 1°, 2° y 3° , 251 y 252, del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, Diarícese. Déjese Copia Certificad.....