En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Protección al Niño y al Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la inhibición planteada por la Dra. Mardonia Gina Mireles, en su carácter de Juez Titular del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Protección al Niño y al Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 24 de febrero de 2003, en el juicio que por nulidad de venta, incoado por los ciudadanos MAGO JOSE GREGORIO Y ZAIDA COROMOTO PEREZ TORRES, en contra de MOSHEN ANTONIO LOTFALIAH HANNA, causa sustanciada en el expediente signado bajo el N° 01-4257, nomenclatura interna del Tribunal de la Juez Inhibida.