Primero: SIN LUGAR el recurso de hecho ejercido por la Abogada WILMAR JAMELY LIZARDO GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 75.661, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana AIMEE JOSEFINA DE SAN JUAN NAVAS GONZALEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-8.676.279; la Sociedad Mercantil "INVERSIONES LIBELULA, C.A.", inscrita en el Registro Mercantil III de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del Estado Miranda, bajo el No. 32, Tomo 30-A-Tro., de fecha 27 de octubre de 2005; y la Sociedad Mercantil "INVERSIONES MI ANGEL 35, C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del Estado Miranda, bajo el No. 73, Tomo 125-A Sdo., de fecha 05 de septiembre de 2003, siendo su última modificación en fecha 19 de agosto de 2010, bajo el No. 20, Tomo 321-A Sdo., contra el auto dictado en fecha 25 de enero de 2013, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil.....