Vistas las actuaciones que anteceden, relacionadas a justificativo de testigos, presentada por los ciudadanos ROGELIO JOSE PABON RIVERO y NELSY GABRIELA ARTIGAS SULBARAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-14.675.499 y V-15.692.492, asistidos por el abogado HECTOR IVAN SERRANO CARDENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 156.958, sobre un lote de terreno de propiedad de la Nación, ubicado en el Sector el Trabuco, final de la Calle Principal, Casa 4-A, Km 31, Carretera Panamericana, Vía Tejerías en Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro, del Estado Bolivariano de Miranda, el cual tiene una superficie aproximada de CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS (41,00 M2), cumplida la misma en esta misma fecha, se devuelven las presentes actuaciones a las partes interesadas, constante de diez (10) folios útiles.