CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como la declaraciones testimoniales de los ciudadanos YEANNELLIS CAROLINA ULACIO PICO Y JEAN CARLOS ULACIO ESPEJO identificados Ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo3, de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR, la Solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor dela ciudadana NANCY ANDREINA LEON BRACAMONTE, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.074.256, sobre unasbienhechurías construidas sobre un lote terreno de propiedadMunicipal,ubicado en el Sector de Quebrada de Cua, Calle Las Palmas, Local S/N, de la ciudad de Cua, Municipio General Rafael Urdaneta del estado B.....