Este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de al ciudadano PASQUALE CIPOLLONE PERRINO, italiano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nros. E-81.171.429, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno privado, el cual tiene una superficie de MIL METROS CUADRADOS (1000,00 MTS2), en: Parcelamiento Rural Club Hipico, Paseo la Nutria, Parcela Nro 24-1, "Residencias el Pino", Los Cerritos, Parroquia los Teques, Municipio Guaicaipuro, Estado Bolivariano de Miranda; dichas bienhechurías identificadas con el N° PA 1-1, tienen un área de construcción de TREINTA Y DOS METROS CUADRAD.....