DECLARA EJECUTADA y COMPUTADA la pena que le fuere impuesta al penado AÑANGUREN CLAUDIO ANTONIO, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.119.864, venezolano, natural de Guatire, nacido en fecha 30 de Octubre de 1955, de 54 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Virginia Añanguren (v) y de Rosendo Ávila (v), residenciado en Sector Las Margaritas, casa Nº 35, Guatire, Municipio Zamora, Estado Miranda, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, de esta misma Circunscripción Judicial quien lo condenó a sufrir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por ser autor responsable en la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODELIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; así como también a las penas accesorias previstas establecidas en el Artículo .....