DISPOSITIVO
Con base en los anteriores razonamientos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta la representación judicial de la parte actor. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 16 de diciembre de 2013, dictada por el Tribunal Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en consecuencia, se declara CON LUGAR el alegato de la parte actora referente a la conformación del grupo de empresas de las codemandadas en el presente juicio Sociedad Mercantil CABILLAS Y PERFILES CABIPERCA, C.A, PERFILES EN FRIO PERFRICA, C.A. y TRANSPORTE DE PRODUCTOS SIDERÚRGICOS, C.A. (TRANSPROSICA); SIN LUGAR el punto previo opuesto por las Sociedades Mercantiles CABILLAS Y PERFILES .....