Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONDENA A ERNESTO MORA FLORES, venezolano, nacido en fecha 29-10-49, de 53 años de edad, casado, chofer de oficio, y con Cédula de Identidad N° 3.999.400, residenciado en Bloque 24 apto. 507, 5to.piso, Trapichito Guarenas, Estado Miranda. a cumplir la pena de UN ( 01 ) AÑO CUATRO (04) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS previsto y sancionado en el artículo 377, en relación con los ordinales 1° y 4° del artículo 375, y las accesorias contenidas en el artículo 16, todos del Código Penal, en relación con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, hecho este, cometido en perjuicio de la niña ZULVID DAYARIT COLMENARES GONZALEZ.