Por ello para quien decide, la solicitud de inhibición, realizada por la
Abogada YAJAIRA SEIJAS DE JAEN, co-apoderada judicial de apoderada judicial de la "Sociedad Mercantil INMOBILIARA MORBENCA, C.A," la parte intimada en el presente juicio, resulta contraría a derecho, por cuanto la ley adjetiva contempla una figura procesal denominada Recusación, que pueden ejercer las partes o sujetos procesales cuando consideran que el órgano decisor se encuentra inmerso en cualquiera de las causales previstas por el legislador, para inhabilitarlo del conocimiento de una causa.
Así las cosas, quien aquí se pronuncia, a tono con los criterios jurisprudenciales supra transcritos, la inhibición es "una potestad de la que el Juez dispone", un acto de carácter voluntario que el Juzgador con la finalidad de garantizar su imparcialidad utiliza cuando considera que se encuentra incurso en cualquiera de las causales previstas en la norma, siendo sólo éste la persona idónea para saber si efectivamente.....