Por lo anterior expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículo 250, 251 y 256 numeral tercero del Código Adjetivo Penal, dicta el siguiente pronunciamiento: 1º) DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra los ciudadanos ELY MANUEL TORREALBA RIVERO, JORGE JESTEAL VILA, PEREZ LARA DOMINGO ALFREDO, Se ordena su reclusión en el Centro Penitenciario del Rodeo II 2º) Por la presunta comisión del delito ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ordinales 1,2,3,5,6,10 y 12 de la Ley sobre Robo y Hurto de Vehículo Automotor, en relación con el 83 del Código penal. 3°) Se acuerda la continuación de la investigación por el procedimiento ordinario de conformidad con el artículo 280 y siguientes del Código Orgánico .....