III
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR la rectificación de partida de nacimiento, presentada por el ciudadano CARLOS FRANCISCO GOTTBERG CÁRDENAS y consecuentemente, se ordena estampar nota marginal en el acta No. 296, de fecha 11 de marzo de 1983, de los Libros de Registro Civil de Nacimientos que lleva el Registro Civil de la Parroquia Santa Teresa, Municipio Autónomo Independencia del Estado Miranda, a fin que donde dice y se lee: "(...) hijo reconocido del presentante y de su mujer GLADIS TERESA CARDENAS MEJÍA, de veintiocho (28) años de edad, C.I. No. 90276781 (...), diga y se lea: "(...) hijo reconocido del presentante y de su mujer GLADIS TERESA CARDENAS MEJÍA, de veintiocho (28) años de edad, C.I. .....