...Declara REDIMIDA LA PENA POR EL TRABAJO, a favor del penado ROJAS GOMEZ JESUS MARIA, venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, mayor de edad, de 57 años de edad, nacido en fecha 24/05/1952, casado, titular de la cédula de identidad Nº V.- 03.727.958, residenciado en San Diego de los Altos, Hacienda Media Agua, Sector El Prado, Estado Bolivariano de Miranda, teléfono 0416.814.4119, por un tiempo igual a OCHO (08) MESES, VEINTINUEVE (29) DIAS, Y OCHO (08) HORAS; de conformidad con los artículos 2, 3, 5, 6 y 10 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en relación con los artículos 478, 479.1, 507 y 508 del referido instrumento adjetivo penal.; en tal sentido, y revisada como ha sido el ultimo cómputo prácticado al referido penado, observa este tribunal que siendo condenado a cumplir la pena de DOS AÑOS Y OCHO MESES, solo le resta por cumplir de pena al día de hoy, TRES MESES Y TRES DIAS, en consecuencia, habiendo remidido este tribuna.....