...Declara CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: LUIS AQUILES SUAREZ y MARIA TERESA CAPRACIO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, casados, titulares de las Cédulas de Identidad N°s. V-6.085.993 y 11.480.494, residenciados en Barrio El Delirio, casa sin numero, Caucagua, Municipio Autónomo Acevedo del Estado Miranda, el primero y en Barrio Pantoja, Caucagua, Municipio Autónomo Acevedo del Estado, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil Venezolano. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído por ante el Registro Civil y Electoral del Municipio Acevedo del Estado Miranda, en fecha 10 de Abril de 1978.